2026-02-06

Reclamo por $60 millones

La demanda de Lima a Vallejos quedó en manos de una jueza y ninguno de los dos pedirá que se aparte

La causa le había tocado a Luis Arancibia, del Tercero Civil. Fue recusado sin causa por el abogado del empresario y, tras otro sorteo, el expediente recayó en el Contencioso Administrativo, a cargo de Adriana Tettamanti.

El empresario textil y dirigente político, Sergio Vallejos, enfrenta un juicio por daños y perjuicios que le entabló el ministro de la Corte de Justicia, Marcelo Lima. Al contestar la demanda, el líder del partido Evolución Liberal recusó al juez que le cayó la causa, Luis Arancibia, del Tercero Civil, por lo que se produjo un nuevo sorteo. Así, el expediente desembarcó en el Juzgado Contencioso Administrativo, a cargo de Adriana Tettamanti. En ese marco, el abogado de Vallejos, José Becerra, señaló que no pedirá el apartamiento de la magistrada, mientras que desde fuentes cercanas al cortista aseguraron que tampoco lo hará.

Además, trascendió que la jueza dio el OK a su intervención en la causa y que lo ha comunicado a los protagonistas. De esa manera, seguirá adelante con las etapas cruciales del juicio, como la audiencia inicial, en la que se verá si hay una instancia de conciliación (la que también puede darse en cualquier otra etapa), la recepción de prueba, la audiencia final con los alegatos de las partes y, finalmente, resolver el pleito.

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Lima demandó a Vallejos por daños y perjuicios y le reclama una compensación de 60 millones de pesos al haber dañado su honor por esgrimir falsedades en las dos denuncias de juicio político que presentó en su contra. Los planteos en los que pidió la destitución del cortista apuntaron a su intervención en el fallo por la expropiación de la exbodega La Superiora y por no haber renunciado a la titularidad del Registro Notarial N°22, lo que, según la mirada del empresario, sería una incompatibilidad con su actual cargo en el máximo tribunal.

No obstante, ambas denunciadas fueron rechazadas por unanimidad por la Sala Acusadora de Juicio Político de la Cámara de Diputados.

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En líneas generales, el cortista, a través de su abogado Marcelo Miranda Marini, sostuvo que el presidente de Evolución Liberal le había endilgado que, en la sentencia por La Superiora, aplicó la tasa de interés activa “para engrosar la indemnización y favorecer a la parte expropiada, que es Cuyo Inversiones. Eso es falso. No se modificó la tasa pasiva porque es ley”.

Además, el abogado de Lima recordó que Vallejos había acusado al cortista de cambiar la jurisprudencia para ese caso puntual, acusándolo de prevaricato, al igual que a los otros dos ministros (Daniel Olivares Yapur y Adriana García Nieto) que adhirieron a su voto. “Eso también es falso. La sentencia se apoya en jurisprudencia de 2019, que cambió cuatro años antes, con el voto preopinante de Humberto Medina Palá, con una composición de una Corte distinta y en función de una reforma legislativa”, destacó el letrado en la demanda.

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Con respecto a la denuncia por no haber renunciado al Registro Notarial Nº22, Miranda Marini sostuvo que “la regulación de las incompatibilidades está en el artículo 4 de la ley 1.788 C, de Organización del Notariado. Antes de asumir como magistrado, solicitó la licencia y el Consejo Directivo del Colegio Notarial se la otorgó”.

Por eso, Lima planteó que Vallejos falseó hechos en sus denuncias, por lo que incurrió en un uso abusivo del instituto del juicio político.

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Por su parte, el empresario contestó la demanda, con la representación legal de José Becerra, y primero que esgrimió fue la recusación sin causa del juez Luis Arancibia. Como su nombre lo indica, es un pedido de apartamiento de un magistrado sin necesidad de desarrollar fundamentos ni motivos. Es una facultad contemplada en el Código Procesal Civil y ese tipo de recusación se puede hacer sólo una vez.

Por esa razón, el expediente volvió a sorteo y la “bolilla” le tocó a Tettamanti, del Contencioso Administrativo. Vallejos podía recusar a la magistrada, pero, con algún tipo de fundamentos. Sin embargo, Becerra destacó que no tienen motivos para solicitar el apartamiento y calificó a la jueza de “ecuánime”. A su vez, fuentes judiciales resaltaron que Lima tampoco la recusará.

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En su contestación de demanda, el dirigente liberal contraatacó en dos frentes: uno, si se quiere, político y, el otro, jurídico. En primer lugar, remarcó que “el verdadero fin” del reclamo del cortista es “una represalia vengativa de la impugnación a la candidatura del entonces gobernador Sergio Uñac, decidida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

La referencia de Vallejos apuntó al planteo que hizo ante los supremos en la elección 2023, en el que pidió la inhabilitación de Uñac para pelear su tercer mandato como gobernador. El máximo tribunal judicial del país le hizo lugar porque entendió que, en realidad, iba por un cuarto período, ya que le contabilizaron su paso como vice. En ese marco, el empresario textil sostuvo que “el vínculo de confianza entre Lima y Uñac es indudable” e “innegable”.  

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Así, resaltó que el hoy cortista no solo fue su compañero de fórmula para la gestión 2015 – 2019 y “el primero en la cadena de sucesión de Uñac”, sino que destacó que, “días posteriores a la culminación de tal mandato, se presenta casi sin solución de continuidad para ocupar el cargo de ministro de la Corte de Justicia”.

El empresario también sostuvo que Lima no sufrió daño moral porque, en situaciones similares, no reaccionó con una demanda. Así, puso como ejemplo la denuncia penal del gremio SUOEM durante su paso como intendente de la Capital ni “la impugnación por no reunir las condiciones constitucionales” en su postulación ante el Consejo de la Magistratura para el concurso de ministro de la Corte de Justicia”. Tales embestidas no mancharon el “honor” y la “dignidad” del cortista”, señaló.

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Sobre el fallo de La Superiora, la contestación de la demanda de Vallejos destaca que Lima incurrió en “un grave e injustificado incumplimiento de los deberes a cargo de funcionario público, fundándolo en el apartamiento de la doctrina de la Corte sin argumentos que lo justificasen, auxiliando a Cuyo Inversiones SA cuando éste había defeccionado en su recurso extraordinario”.

En cuanto al cuestionamiento por no haber renunciado a la titularidad del Registro Notarial, el dirigente liberal remarcó que “no existe justificación alguna para la licencia sine die (sin plazo) como titular de un registro notarial para ocupar el cargo de ministro de la Corte de Justicia. Ambas funciones son incompatibles. Lo contrario, constituye un abuso del derecho y un privilegio írrito, conducta tachable de un magistrado de cara a la sociedad, abrazando la titularidad de un registro notarial, escasos y codiciados en la provincia”.

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