Contestación

Vallejos aseguró que la demanda que le metió Lima fue una “represalia vengativa” por impugnar la candidatura de Uñac

El empresario y dirigente liberal encaró una fuerte defensa en el juicio por daños y perjuicios que le inició el cortista, quien le exige una reparación de $60 millones por haber dañado su honor.
En juicio. El empresario y dirigente político, Sergio Vallejos, y el ministro de la Corte de Justicia, Marcelo Lima.
En juicio. El empresario y dirigente político, Sergio Vallejos, y el ministro de la Corte de Justicia, Marcelo Lima.
martes 03 de febrero de 2026

A través de su apoderado, el empresario textil y dirigente político, Sergio Vallejos, contestó la demanda de daños y perjuicios por 60 millones de pesos que le había entablado el cortista Marcelo Lima. El ministro del máximo tribunal había señalado que se vio afectado en su honor por las falsedades que se habían plasmado en su contra en dos denuncias de juicio político. El líder del partido Evolución Liberal sostuvo que “el verdadero fin” de Lima es una “represalia vengativa de la impugnación a la candidatura del entonces gobernador Sergio Uñac, decidida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

La referencia de Vallejos apunta al planteo que hizo ante los supremos en la elección 2023, en el que pidió la inhabilitación de Uñac para pelear su tercer mandato como gobernador. El máximo tribunal judicial del país le hizo lugar porque entendió que, en realidad, iba por un cuarto período, ya que le contabilizaron su paso como vice. En ese marco, el empresario textil sostuvo que “el vínculo de confianza entre Lima y Uñac es indudable” e “innegable”.  

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Así, resaltó que el hoy cortista no solo fue su compañero de fórmula para la gestión 2015 – 2019 y “el primero en la cadena de sucesión de Uñac”, sino que destacó que, “días posteriores a la culminación de tal mandato, se presenta casi sin solución de continuidad para ocupar el cargo de ministro de la Corte de Justicia”.

De esa manera, Vallejos y su abogado José Becerra tratan de demostrar que Lima “no ha padecido daño moral”, sino que su intención al radicar la demanda es la represalia al empresario textil por haber sido un actor clave para bajar la postulación reeleccionista de Uñac. Incluso, señalan que el cortista no reaccionó “de igual manera frente a la denuncia penal” de Pascual Manchineles y Antonino D’amico cuando era intendente de la Capital y a “la impugnación por no reunir las condiciones constitucionales” en su postulación ante el Consejo de la Magistratura para el concurso de ministro de la Corte de Justicia”.

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Esas situaciones “similares”, no mancharon el “honor” y la “dignidad” del cortista, porque “en tales casos, el Dr. Lima no demandó a los denunciantes ni al impugnante”, se subraya en el escrito. Inclusive, se dejó una frase sugestiva: “La hoy pretendida aflicción que dice atravesar el actor (Lima), es el fruto de su mero voluntarismo, demandando la reparación del supuesto daño moral hoy que integra el Poder Judicial, donde se resolverá el entuerto”.

La contestación de demanda fue elaborada y presentada ayer por el apoderado de Vallejos, el abogado José Becerra, quien cumplió con el paso legal en el juicio por daños y perjuicio que inició el cortista. Además, a pedido del empresario, el profesional recusó sin causa al juez Luis Arancibia, en cuyo Juzgado recayó el reclamo.

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Además de la referencia a Uñac, el escrito sostiene que los funcionarios públicos, como un cortista, deben estar sujeto a la crítica y al control ciudadano, como en el caso de Lima, dado que Vallejo, según su postura, no hizo un uso abusivo del pedido de juicio político. Además, su abogado cuestionó el accionar de Lima en una sentencia y su conducta de no renunciar a la titularidad del Registro Notarial Nº22, tal cual lo había sostenido el dirigente de Evolución Liberal.

Todo se trata del contrapunto que se gestó debido a los dos juicios políticos que Vallejos presentó contra Lima, los cuales fueron rechazados y archivados por la Comisión Acusadora de Juicio Político de la Cámara de Diputados.

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En una de las denuncias, el dirigente liberal le apuntó no sólo a Lima, sino, también, a los ministros Daniel Olivares Yapur y a Adriana García Nieto por el fallo que sacaron por la expropiación de la exbodega La Superiora. Se trata de una causa en la que la empresa Cuyo Inversiones le reclama al municipio de Rawson lo que le queda por pagar (a valores actuales) de la expropiación del predio.

La otra denuncia de Vallejos apuntó directamente contra Lima por no haber renunciado a la titularidad del Registro Notarial Nº22, por lo que incurrió en un “grave acto de incompatibilidad” cuando asumió como ministro del máximo tribunal.

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En el primer pedido de juicio político, sólo Lima acudió a la Justicia. En la causa por La Superiora, su abogado, Marcelo Miranda Marini, señaló que el empresario textil había indicado que “se aplicó la tasa activa para engrosar la indemnización y favorecer a la parte expropiada, que es Cuyo Inversiones. Eso es falso. No se modificó la tasa pasiva porque es ley”.

Además, el abogado de Lima recordó que Vallejos había acusado al cortista de cambiar la jurisprudencia para ese caso puntual, acusándolo de prevaricato, al igual que a los otros dos ministros que adhirieron a su voto. Eso también es falso. La sentencia se apoya en jurisprudencia de 2019, que cambió cuatro años antes, con el voto preopinante de Humberto Medina Palá, con una composición de una Corte distinta y en función de una reforma legislativa”.

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Con respecto a la denuncia por no haber renunciado al Registro Notarial Nº22, Miranda Marini sostuvo que “la regulación de las incompatibilidades está en el artículo 4 de la ley 1.788 C, de Organización del Notariado. Antes de asumir como magistrado, solicitó la licencia y el Consejo Directivo del Colegio Notarial se la otorgó”.

Por eso, Lima planteó en su demanda que Vallejos falseó hechos en sus denuncias, por lo que incurrió en un uso abusivo del instituto del juicio político.

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En la contestación de demanda, Vallejos señala, primero, que “la dilatada carrera pública” de Lima, “ejerciendo cargo y funciones de importancia y relevancia institucional y política” (dos veces vicegobernador,  intendente de la Capital por dos períodos y hoy ministro de la Corte), además “de cargos partidarios dentro del Partido Justicialista, ha forjado su carácter. La exposición pública de tales funciones corre de la mano, inevitablemente, de la crítica de opositores externos al Partido Justicialista y también, porque no, contrincantes internos de la vida partidaria. Los privilegios del ejercicio de las funciones públicas citadas, tienen como contracara la carga pública de soportar las críticas”.

Luego, el abogado Becerra respaldó la postura de Vallejos cuando había indicado en la denuncia de juicio político que Lima, en el fallo por La Superiora, incurre en “un grave e injustificado incumplimiento de los deberes a cargo de funcionario público, fundándolo en el apartamiento de la doctrina de la Corte sin argumentos que lo justificasen, auxiliando a Cuyo Inversiones SA cuando éste había defeccionado en su recurso extraordinario”.

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Incluso, resaltó que “lo que aparece como sorprendentemente curioso es el malabar y/o alquimia estructural que efectúa (Lima) en su voto para acceder a las pretensiones de (Cuyo Inversiones) cuando en el desarrollo de su (postura) rechaza sus quejas, dejando abierta la posibilidad de que el juez que dirija la ejecución de la sentencia decida sobre la tasa de interés aplicable sobre el valor real y actual del inmueble”.

El abogado indicó que, “esta última definición” no se encontró entre los planteos o reclamos realizados por Cuyo Inversiones. Así, el cortista, “con su voto, suple el yerro conceptual” de la empresa, “abriendo la posibilidad del debate de este tema en sede de la ejecución de sentencia, redefiniendo cual es el capital sobre el cual aplicar la tasa de interés, que también deberá resolver el Juez de ejecución, cuando Lima sostuvo que debía aplicarse” la tasa pasiva.

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En el segundo pedido de juicio político, en el que Vallejos le cuestionó a Lima no haber renunciado a la titularidad del Registro Notarial, planteó que “aparece al menos como razonable el pedido de licencia de la titularidad del (cortista) al Colegio Notarial para la asunción de cargos públicos electivos y transitorios, mas no para ejercer la más alta magistratura de la provincia, siendo un cargo vitalicio sin límite de edad”.

Así, remarcó que “no existe justificación alguna para la licencia sine die (sin plazo) como titular de un registro notarial para ocupar el cargo de ministro de la Corte de Justicia. Ambas funciones son incompatibles. Lo contrario, constituye un abuso del derecho y un privilegio írrito, conducta tachable de un magistrado de cara a la sociedad, abrazando la titularidad de un registro notarial, escasos y codiciados en la provincia, ya que su número está directamente vinculado con la cantidad de población”.

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De esa manera, Becerra concluyó que los argumentos expresados por Vallejos en las denuncias de juicio político “son exactos, consisten en interpretaciones ajustadas a Derecho o, en el peor de los casos, opinables”, pero “no malintencionadas”. Por eso, subrayó que “penar y castigar el ejercicio ciudadano del control y crítica hacia los funcionarios públicos, quienes se deben a la ciudadanía (…) constituyen actos anti democráticos y anti republicanos”.

Por eso, reiteró que “todo aquel que voluntariamente decide ingresar a la carrera del funcionariado público, debe estar dispuesto a soportar la crítica y el control de la ciudadanía”.