DICTAMEN

Impugnación apartó al juez que sobreseyó al sujeto que fue acusado de evadir tres controles y tirarle el auto encima a policías

La decisión la tomó el magistrado Fabio Guillén, contra lo actuado por Carlos Lima. Es el caso de Adrián Espejo, quien protagonizó una persecución de 30 kilómetros y que finalizó en Médano de Oro. Fiscalía había apelado la medida inicial.

El juez de Impugnación, Fabio Guillén, decidió apartar a su colega de Flagrancia, Carlos Lima, en la causa donde se sobreseyó a Adrián Espejo, de 25 años, tras, según la causa judicial, evadir tres controles policiales a lo largo de cerca de 30 kilómetros y tirarle el auto a policías, previo a ser finalmente detenido en el Médano de Oro, el pasado 19 de setiembre.

Cabe señalar que, en su dictamen, Guillén dio la razón a la apelación impuesta por el Ministerio Público Fiscal ante la resolución de Lima. En su momento, Virginia Branca, coordinadora de Flagrancia, manifestó en 0264 Radio que "resolvió algo que no había sido pedido", sobre el accionar de Lima. De acuerdo a lo puntualizado por Guillén, el juez Lima tomó atribuciones que no le correspondían al terminar la investigación por decisión propia, sin que exista un pedido de alguna parte en ese sentido o garantizar la discusión previa entre los protagonistas, indicaron fuentes judiciales. "En definitiva, el Sr. Juez de Flagrancia se apartó del objeto de la 46 audiencia, asumió una función que el ordenamiento reserva al titular de la acción penal (arts. 15, 357 y 359 del C.P.P.) y dictó una decisión definitiva que las partes no pudieron controvertir", puntualiza en su escrito Guillén de manera textual.

"El Código Procesal Penal regula el sobreseimiento como una decisión que debe adoptarse a instancia del Ministerio Público Fiscal. Es el representante del Ministerio Público Fiscal quien, si considera que corresponde, debe fundar su pedido, ponerlo en conocimiento de las demás partes y solicitarlo en audiencia ante el juez y con la presencia de todas ellas (arts. 355 inc. 1°, 357 y 359.....", sostiene en otro apartado del dictamen de Impugnación.

Dentro de este contexto, ahora se espera que otro juez de Flagrancia tome la causa e inicia el proceso nuevamente, recordando que Espejo se encuentra en libertad actualmente.

De acuerdo a la fiscal Branca, el delito que le endilgó al sujeto fue de resistencia a la autoridad, ya que al haber pasado tres controles policiales que le pidieron su detención en el Renault 19 blanco en que se trasladaba, ya manifestaban un claro hecho de violencia. Además, según remarcó Branca, a la persecución que se inició en la zona de Las Chacritas, en 9 de Julio, y que terminó en el Médano de Oro, durante esos 30 kilómetros de recorrido a alta velocidad, puso en riesgo su propia vida, la de varios policías que intentó embestir y la de terceros. 

"Si bien el delito de resistencia a la autoridad, que tiene una pena en el Código de 15 días a un año de prisión en suspenso, marca un hecho de violencia física explícito, consideramos que hubo violencia en el imputado en un sentido más global y ante su peligroso accionar en todo momento", describió Branca en el programa 'Demasiada información'.

Cabe mencionar que, una vez detenido el hombre de 25 años, se constató que no tenía licencia de conducir vigente, RTO ni seguro actualizado, marcando otras infracciones a la ley de tránsito.

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