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En Rawson se prohíbe el uso, tenencia, comercialización, y acopio de pirotecnia

El proyecto se aprobó este miércoles en el Concejo Deliberante. Los fuegos de artificios destinados al entretenimiento de la población o la conmemoración de hechos especiales, deberán contar previamente con la autorización y será sólo de forma lumínica y no explosiva. Mirá los detalles.

En Rawson se prohíbe el uso, tenencia, comercialización, y acopio de pirotecnia
miércoles 24 de junio de 2020

Este miércoles en el Concejo Deliberante de Rawson, se aprobó el proyecto de pirotecnia. El mismo consiste en que en todo el territorio se prohíbe la tenencia, comercialización, acopio, y uso particular de todo elemento de pirotecnia, sea de fabricación industrial o casera, y de venta libre o no.

Desde el Poder Ejecutivo y el Honorable Concejo Deliberante, se comprometieron a brindarle al ciudadano un ambiente libre de contaminación acústica debido a los efectos negativos que produce en la salud auditiva y física.

Se entiende por pirotecnia el arte, ciencia, industria de hacer, por ejemplo: fuegos artificiales, cohetes, rompe portones, bomba de estruendo, triángulos, petados, luces de bengala y cualquiera otros análogos en los que utilicen cualquier compuesto químico o mezcla mecánica que contenga unidades oxidantes y combustibles, otros ingredientes o cualquier sustancia que por sí sola o mezclada con otra pueda ser inflamable.

Se espera que comience a regir a partir de la semana que viene, una vez que se publique la ordenanza en el boletín oficial.

Además para la realización de espectáculos de fuego de artificios destinados al entretenimiento de la población o la conmemoración de hechos especiales, se deberá contar previamente con la autorización temporal y deber ser sólo de forma lumínica y no explosiva.

La Dirección de Seguridad Comunitaria, dependiente de la Secretaria de Gobierno municipal, será la encargada de inspeccionar a las personas físicas o jurídicas que violen la normativa, y en caso que corresponda, se confeccionar el acta de infracción pertinente.

Las multas van desde 300 a 3.000 UTR, es decir que van desde $6000 a $35.000 conforme al artículo 113 del Código de Faltas de Rawson, que se graduará según la falta e intensidad de la misma.

 

 

 

 

Darío Pacheco

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