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Cambios en el monotributo: estas son las nuevas categorías que empiezan a regir

El Gobierno promulgó la ley 27.618 que reforma el Régimen de Monotributo, actualiza los topes de cada categoría y crea un puente para facilitar el ingreso del contribuyente al régimen de AFIP.

Cambios en el monotributo: estas son las nuevas categorías que empiezan a regir
miércoles 21 de abril de 2021

El Gobierno promulgó la ley 27.618 y lo hizo a través del decreto 253/2021 publicado este miércoles en el Boletín Oficial que contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo que comenzarán a regir desde esta jornada.

Para los casos de monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25%, se contempla que puedan mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021. ¿Qué tendrán que hacer? abonar la suma que resulte de detraer del impuesto integrado los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y los aportes al Régimen Nacional de Obras Sociales correspondientes a la categoría máxima.

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Además, los importes que, por iguales conceptos, fueron ingresados conforme a la categoría que hubieren revestido a la fecha en la que se hubiera producido el excedente. Esta disposición será de aplicación desde el mes en el que se hubiese excedido, por primera vez, el límite superior de ingresos brutos correspondientes a la máxima categoría de la actividad y hasta de 2020, ambos inclusive, debiendo permanecer categorizado en aquella durante todo ese plazo.

Los nuevos valores que comienzan a regir hoy son para la categoría A, cuyo monto facturado anual mínimo pasa de $ 208.000 a $282.445,08. En tanto, el monto mensual a abonar sube de $ 1.955,68 a $ 2.646,23 ya sea para los que se dediquen a los servicios como a la venta de bienes.

En la categoría B, la facturación mínima asciende de $ 313.108,89 a $ 423.667,61, y el monto mensual a abonar pasa de $2.186,80 a $2.958,96 para servicios y bienes.

Para la categoría C, el tope de ingresos pasa de $ 417.478,51 a $564.890,17; y el monto mensual a abonar sube de $ 2.499,91 a $ 3.382,63 para servicios y de $ 2.457,65 a $ 3.325,45 para bienes.

La facturación mínima de la categoría D pasa de $ 626.217,78 a $ 847.335,28; mientras que las cuotas para servicios pasan de $ 2.947,94 a $ 3.894,72 y para bienes de $ 2.878,37 a $ 3.988,56.

El tope mínimo para la ganancia bruta de la categoría E se eleva de $ 834.957 a $ 1.129.780,32, y los pagos mensuales ascienden de $ 3.872,18 a $ 5.239,45 en servicios, y de $ 3.482,04 a $ 4.711,55 en bienes.

Las cifras de la categoría F, en el caso de la facturación pasaron de $ 1.043.696,27 a $1.412.225,42, y la mensualidad a abonar para servicios aumentó de $ 4.634,89 a $ 6.271,47 en servicios, y de $ 4.003,69 a $ 5.417,39 en bienes.

Para la categoría G, el mínimo de ingresos se modificó de $ 1.252.435,53 a $ 1.694.670,52 en tanto que las cuotas ascienden de $ 5.406,02 a $ 7.314,89 en servicios y de $ 4.558,61 a $ 6.168,26 en bienes.

En el caso de la categoría H, lo facturado anual mínimo crece de $ 1.739.493,79 a $ 2.353.709,05; mientras que el total a pagar por mes cambia de $ 9.451,93 a $ 12.789,41 en servicios, y de $ 7.886,41 a $ 10.671,10 en bienes.

En la categoría I, escala a partir de la cual sólo pueden estar quienes ofrecen bienes, la facturación mínima sube de $ 2.043.905,21 a $ 2.765.608,14, y las cuotas de $ 11.336,71 a $ 15.339,70.

Para la categoría J, el máximo de ingresos pasa de $ 2.348.316,62 a $ 3.177.272,39, y la cuota mensual se incrementa de $ 13.019,83 a $ 17.615,83.

Por último, para la categoría K, la ganancia bruta máxima de $ 2.609.240,69 asciende a $ 3.530.563,58, y la cuota mensual de $ 14.716,41 sube a $ 19.912,77.

 

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