ECONOMÍA

AFIP actualiza el piso de Ganancias y revelará cuándo devolverá lo que cobró de más

El mínimo no imponible se ajusta por la inflación acumulada de los meses de junio, julio y agosto, pero la AFIP debe oficializar los valores en su web.
sábado 14 de septiembre de 2024

La Administración Federal de Ingresos Públicos deberá publicar en los próximos días las nuevas escalas y deducciones del impuesto a los Ingresos Personales (antes conocido como “Ganancias”) para los salarios formales, en línea con las disposiciones del paquete fiscal aprobado por el Congreso, la ley 27.743 (sancionada por el Congreso junto con la llamada “Ley Bases”) que reimpuso el impuesto a los ingresos personales de los asalariados, la llamada “cuarta categoría” de alcanzados por el tributo.

En función de los datos de inflación de junio (4,6%), julio (4%) y agosto (4,2%), el nuevo mínimo, es decir el nivel por debajo del cual no hay retención por ese tributo, quedará hasta fin de año en $ 2,03 millones brutos para solteros y en $ 2,6 millones para un trabajador casado con dos hijos.

La nueva ley dispuso que “los montos previstos en el artículo 30 y en el primer párrafo del artículo 94 de la ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, se ajustarán excepcionalmente en septiembre de 2024 por el coeficiente que surja de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), organismo desconcentrado en el ámbito del Ministerio de Economía, correspondiente a los meses junio a agosto de 2024″.

El ajuste que hay que hacer sobre las escalas y deducciones es para los salarios de septiembre que se van a cobrar en octubre. Luego los ajustes, se van a hacer en enero y en julio de cada año, por la inflación semestral.

De todas maneras, las empresas no pueden hacer estas liquidaciones hasta que la AFIP no publique las nuevas escalas y deducciones en su sitio, aunque se puedan hacer cálculos aproximados.

En el caso de las empresas que pagan por quincena, tendrán que esperar a que se publiquen los datos oficiales durante la próxima semana.

La ley 27.743 dispuso que a partir de 2025 la actualización de las escalas del “Impuestoa los Ingresos Personales” será por inflación y de frecuencia semestral, en enero y julio de cada año. La actualización de este año en septiembre es extraordinaria, por la evolución de los precios en el trimestre junio-julio-agosto, para evitar que la inflación provoque un desfasaje debido a la fecha en que se sancionó y la de entrada en vigencia.

La ley anterior era mucho más generosa en cuanto tenía un piso más alto, pero como no se actualizaban las escalas, la inflación hacía que los sueldos superaran más rápidamente el mínimo no imponible, a partir del cual eran alcanzados con una alícuota del 27 por ciento.

El rediseño del impuesto lo hizo mucho más gradual y progresivo, con alícuotas marginales que van creciendo desde el 5% al 35 por ciento.

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