Zona fría

La oposición tiene dudas sobre la continuidad de los beneficios en la tarifa del gas en San Juan y se reunirá para estudiar el presupuesto

El diputado Walberto Allende mantendrá reuniones con otros legisladores para definir el alcance de algunas modificaciones en el presupuesto 2026
martes 16 de septiembre de 2025

El proyecto de Presupuesto 2026 enviado al Congreso incluye la continuidad del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas, creado para compensar el costo de este servicio en las regiones de clima más riguroso del país, pero incluye algunas modificaciones que generaron preocupación en la oposición. En San Juan, el diputado de Unión por la Patria, Walberto Allende, aseguró que se reunirá con algunos de sus pares para leer la ley y conocer si  la Región Patagónica, Departamento de Malargüe, en la provincia de Mendoza, y de la Región de la ‘Puna’, donde está incluida San Juan, seguirán recibiendo el beneficio.

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"Se modifican dos artículos que nos hace pensar que, otra vez, el Ejecutivo va a insistir con eliminar a las últimas provincias que fueron incorporadas. Si esto es así, vamos a pedir a los gobernadores que se pongan al frente del reclamo", dijo. 

El cambio, según indicó, es que en el texto ya no se habla de "tarifa diferencial" sino de "bonificaciones".

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Qué dice el Artículo 70 del Proyecto de Presupuesto 2026

La norma prevé cambios en la ley 25.565 y deja sin efecto los cambios que se impusieron por ley 27.637.

“ARTÍCULO 70.- Sustitúyese el artículo 75 de la Ley Nº 25.565, así como el artículo 148 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto 11.672 (t.o. 2014), por el siguiente:

*“ARTÍCULO 75.- El Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas tiene como objeto financiar
a) las compensaciones a percibir por las empresas proveedoras por las ventas de gas natural y gas licuado de petróleo que efectúen las Distribuidoras y Subdistribuidoras para los consumos de la Región Patagónica, Departamento de Malargüe de la provincia de Mendoza y de la Región conocida como ‘Puna’, por la aplicación de una bonificación sobre el precio del gas natural y del gas propano indiluído por redes que comercialicen los productores de gas y
b) la venta de cilindros, garrafas o gas licuado de petróleo, gas propano comercializado a granel y otros, en las provincias ubicadas en la Región Patagónica, Departamento de Malargüe de la provincia de Mendoza y de la Región conocida como ‘Puna’.

Además plantea que “El fondo referido en el párrafo anterior se constituirá con un recargo de hasta un SIETE COMA CINCO POR CIENTO (7,5 %) sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte, por cada METRO CÚBICO (M3) de NUEVE MIL TRESCIENTAS KILOCALORÍAS (9.300 Kc), que se aplicará a la totalidad de los metros cúbicos que se consuman y/o comercialicen para su consumo, por redes o ductos, en el Territorio Nacional, cualquiera fuera el uso o utilización final del mismo, a excepción de aquellos destinados a la exportación de gas natural o de GNL. Este recargo tendrá vigencia para las entregas posteriores a la publicación de la presente Ley en el BOLETÍN OFICIAL.”