Lesa Humanidad

La Justicia le negó al represor Olivera un pedido para volver a hacer una fiesta

El hijo del exmilitar se casa el 25 de octubre en una iglesia en Buenos Aires, por lo que Oloivera pidió asistir. También requirió autorización para realizar un “ágape” del que participarían unas 30 personas.
El represor Olivera, con prisión domiciliaria, realizó un festejo en su casa en 2024 con la participación de Palito Ortega.
El represor Olivera, con prisión domiciliaria, realizó un festejo en su casa en 2024 con la participación de Palito Ortega.
miércoles 17 de septiembre de 2025

A principios del año pasado, el represor Jorge Antonio Olivera, condenado en tres oportunidades a cadena perpetua por su participación en la dictadura, fue protagonista de un escándalo nacional. Cumpliendo detención domiciliaria realizó una fiesta de la que participó gran número de personas, incluso, el reconocido cantante Palito Ortega. ¿El motivo? La celebración de sus bodas de oro. El evento trascendió en las redes sociales, lo que derivó en un reclamo del Ministerio Público Fiscal y de un grupo de víctimas del terrorismo de Estado. Así, la Justicia le impuso nuevas medidas restrictivas sobre su detención y la prohibición de realizar eventos similares. Pese ante esa situación, Olivera redobló la apuesta y le pidió a la Justicia salir de su casa en Buenos Aires para poder asistir al casamiento de su hijo el próximo 25 de octubre, y no solo eso, ya que también pidió realizar un “ágape” con la participación de unas 30 personas, solicitud que fue rechazada por la Justicia Federal.

Jorge Olivera (a la izquierda de la foto) en el primer juicio de Lesaa Humanidad de la provincia.

 

El llamativo pedido del represor fue planteado el pasado 26 de agosto a través de su abogado defensor y fue rechazado ayer por unanimidad por el Tribunal Oral Federal de San Juan, integrado por la camarista Eliana Rattá, Daniel Doffo y la jueza de San Luis, Carolina Pereira. Para hacerlo, los magistrados realizaron una puntual observación sobre la solicitud de Olivera. Es que, en el escrito, quien fue condenado por delitos de Lesa Humanidad por haber sido el jefe del temible grupo de tareas del RIM 22, quiso hacer valer la posibilidad de salir de su prisión domiciliaria para asistir al casamiento de su hijo, como uno de los supuestos habilitados por la ley. Es que la norma que rige las detenciones domiciliarias indica que “el interno será autorizado, en caso de enfermedad o accidente grave o fallecimiento de familiares o allegados con derecho a visita o correspondencia, para cumplir con sus deberes morales, excepto cuando se tuviesen serios y fundamentados motivos para resolver lo contrario...”. Así, los jueces remarcaron que la defensa quiso hacer valer la celebración de un casamiento como un accidente grave, lo que no puede ser aceptado.

Otro punto clave, fue el pedido para realizar un “ágape” para unas 30 personas en su domicilio, solicitud que para el tribunal “no resiste ningún tipo de análisis, por encontrase expresamente prohibido en el caso concreto”. Es que, en marzo del año pasado, y por la fiesta que realizó en su casa, la Justicia añadió una regla de conducta “a las impuestas mediante resolución de fecha 23 de mayo de 2021, en relación a la detención domiciliaria del condenado Jorge Antonio Olivera”. Precisamente, fue la que le prohibió realizar “eventos sociales en su lugar de residencia (donde cumple prisión domiciliaria), que por sus características desnaturalicen el alcance y fin de la pena impuesta, como asimismo que signifiquen una extralimitación al afianzamiento de vínculos familiares permitido, bajo apercibimiento de revocar la prisión domiciliaria concedida”.

Un dato no menor, respecto al “ágape” fue que Olivera y su defensor, y para intentar convencer a la Justicia, lo definieron como “pequeño brindis”. Así, las juezas dijeron que “autorizar el evento requerido no sería coherente con lo analizado por este cuerpo oportunamente, para la imposición de la regla que caracterizamos como prudente y la cual no hace distinción en base a relaciones de parentesco”.

Por su parte, el juez Doffo indicó que “puntualmente en relación al pedido de realización de un ágape en el domicilio del condenado, que la regla de conducta que lo prohíbe fue motivada en la realización de un festejo de público conocimiento que fue caracterizado como reprochable en orden al debido cumplimiento del instituto de la prisión domiciliaria, provocativa y con trascendencia a las víctimas favoreciendo, en aquella oportunidad la conmoción social”.

Las nuevas medidas restrictivas sobre la prisión domiciliaria de Olivera, fueron solicitadas a principios del año pasado por los fiscales generales Dante Vega y Francisco Maldonado, luego de que en febrero de 2024 apareciesen publicaciones realizadas en redes sociales desde perfiles públicos de los familiares de Olivera, en las que se lo podía ver participando de un festejo privado junto a un gran número de personas en ocasión de sus bodas de oro.

Una semana después del evento, un grupo de víctimas de los hechos por los cuales Olivera fue condenado presentó un escrito ante el tribunal donde señalaron su preocupación por lo ocurrido e indicaron que mediante la fiesta en cuestión el acusado se estaba “mofando” de su situación procesal, por lo que solicitaron se revocara el beneficio de la prisión domiciliaria.

Olivera fue condenado a perpetua en tres oportunidades, 2013, 2018 y 2023, por considerarlo responsable de delitos de lesa humanidad al ser el jefe del temible grupo de tareas del RIM 22 y desde ahí impartir órdenes para realizar secuestros, detenciones, torturas, privaciones ilegales de la libertad y desapariciones durante la dictadura militar.