Fuerte embestida
Un abogado pidió la destitución de un juez por demorar la revinculación con su hija, contacto que se cortó por una falsa denuncia
Enfrentó una durísima acusación, impulsada por su expareja: la de abusar sexualmente de la hija de ambos. Sin embargo, la causa no sólo fue archivada sino que se comprobó que estuvo “armada”, aunque no avanzó debido al filtro de instancias judiciales de revisión. El que estuvo detrás fue el exfuncionario judicial Juan Pablo Ortega, quien fue condenado por la maniobra. Con todo eso a favor, el padre buscó la revinculación con su hija, amparado también en informes que reflejaban que la niña quería volver a verlo. No obstante, señaló que, durante poco más de tres años y medio, el juez penal de Niñez y Adolescencia, Jorge Toro, ha retrasado de manera “reiterada e injustificada” la revinculación con su hija, además de otros fuertes cuestionamientos.
Lo señalado es apenas una parte de lo que ha plasmado el padre de la nena, abogado de profesión, en una denuncia contra Toro ante el Jurado de Enjuciamiento, con la que busca su destitución. Le apuntó a su “morosidad manifiesta” y al “mal desempeño reiterado de sus funciones”. No fue lo único, ya que solicitó la suspensión del magistrado como primera medida.
El llamado Jury, integrado por el cortista Daniel Olivares Yapur, los abogados Daniel Vila y María Daniela Sánchez y los diputados Leopoldo Soler y Marcela Quiroga, tendrá que definir, primero, si admiten o no la denuncia. Si lo hace, ahí tedrá que resolver si lo suspende o no y enviar el expediente al fiscal General para que decida si acusa o no.
El caso, además, vuelve a poner sobre el tapete el tema de las falsas denuncias, el cual recobró relevancia a nivel nacional con la causa de Pablo Ghisoni, el hombre que pasó tres años con prisión preventiva tras la denuncia de su exesposa, quien había señalado que había abusado sexualmente de sus tres hijos. Sin embargo, uno de ellos, ya mayor de edad, grabó hace unos días un video en el que confesó que acusó falsamente a su padre tras la imposición de un relato de su madre.
En la causa local (sus nombres se reservan para proteger la identidad de la menor), el abogado destacó en su denuncia contra Toro que todo se trató de “una burda maniobra orquestada” por su expareja, quien lo denunció en enero de 2021 de abusar sexualmente de la hija de ambos. Justamente, tal acusación cortó el vínculo con la niña durante la tramitación de la investigación.
No obstante, el juez Eduardo Raed dictó la falta de mérito en el caso, es decir, que no encontró elementos ni para procesar ni sobreseer al padre, hasta que surgieran pruebas que inclinarán la balanza para uno u otro lado. En el medio, estalló otro escándalo. El expediente fue “armado” e impulsado por el exfuncionario Ortega, quien se desempeñaba en el cuerpo de asesoramiento jurídico al Colegio de Jueces del sistema acusatorio.
De acuerdo a la sentencia, Ortega asesoró a la madre en la presentación de la “falsa denuncia” al indicarle los “tips” que debía mencionar y recomendarle la abogada que debía representarla, a la que, además, le redactaba los escritos. El entonces funcionario renunció y, luego, fue condenado a un año de prisión por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
A todo eso, la denuncia por abuso sexual, finalmente, fue desestimada por inexistencia de delito, lo quedó firme en octubre de 2023. El abogado presentó todo eso en el juzgado de Toro y destacó que quedó “en evidencia la instrumentalización de la niña como objeto de venganza contra su padre”.
No obstante, señaló que el juez “jamás restituyó de manera efectiva el derecho de comunicación y vínculo entre padre e hija, ni con la familia paterna (abuela y tía), ni ordenó medidas reparadoras mínimas. Por el contrario, mantuvo en la práctica el mismo esquema de desvinculación forzada impuesto por la falsa denuncia ya desacreditada”.
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El denunciante indicó que realizó ocho presentaciones y que no se resolvió ninguna, además de que le enrostró “una actitud omisiva, parcial y tolerante frente a los incumplimientos sistemáticos de la progenitora, quien ha obstaculizado toda forma de vínculo familiar entre la niña y su familia paterna desde 2021”.
El padre también destacó que, “en al menos tres espacios terapéuticos distintos, con tres profesionales, se produjo la interrupción abrupta y forzada del tratamiento, por acciones directas e intimidatorias de la madre o la abuela materna, lo que quedó registrado en informes profesionales contundentes”. Sin embargo, indicó que “el magistrado nunca sancionó ni adoptó medidas correctivas, permitiendo que cada intento de revinculación finalizara en fracaso por abandono o presión externa”.
También resaltó que “Toro ignoró sistemáticamente todos los informes periciales, psicológicos y técnicos incorporados al expediente, los cuales coincidían en evidenciar una fuerte manipulación emocional sufrida por la niña bajo la custodia exclusiva de su madre”.
Además, remarcó que “resulta especialmente grave que el juez haya desoído incluso los informes elaborados por profesionales designadas por él mismo (…), ambas especialistas en psicología infantil”. Las psicólogas habían reseñado que la nena “mantenía recuerdos positivos, espontaneidad, alegría y disposición afectiva en el contacto con su padre y familia paterna, sin manifestaciones de angustia, rechazo ni indicadores de trauma”.
El denunciante sostuvo que el magistrado le prohibió el 22 de este mes todo contacto directo con su hija, “sin informe clínico alguno que acredite un riesgo cierto o inminente que justifique semejante restricción. Tal decisión contraviene todos los informes periciales” que constan en la causa, entre los que menciona los de Romina Bustelo, María de los Ángeles Garcés, Vanesa Pringles y Johanna Jofré Varas, los que “descartan indicadores de abuso o patología, y dan cuenta de interacciones positivas y afectuosas entre la niña y su padre”.
Incluso, el padre remarcó que, en esa resolución, el propio Toro “reconoce que la progenitora ha saboteado de manera sistemática los procesos de revinculación, manipulando emocionalmente a la niña, interrumpiendo terapias y condicionando el vínculo paterno. No obstante, el juez omite calificar estos hechos como violencia psicológica y obstrucción vincular, como lo establece la doctrina más avanzada en materia de protección de la niñez”.
No fue lo único, ya que el denunciante indicó que la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil le indicó a Toro “poner todo su empeño” y que haga uso “de sus facultades ordenatorias y conciliatorias” con el fin de “darle solución urgente a los conflictos familiares pendientes de resolución”. Sin embargo, sostuvo que el juez de primera instancia “desoyó tal exhortación superior y profundizó su morosidad y pasividad funcional”.
También cuestionó que Toro dispusiera, “de manera unilateral y sin sustento legal válido, que todos los informes elaborados por los profesionales intervinientes en el expediente desde junio de 2023 a la fecha quedaran reservados en Secretaría, bajo carácter de ‘información confidencial’, vedando su acceso a las partes y letrados intervinientes”.
Así, remarcó que “la imposibilidad de acceder, controlar o contradecir prueba esencial incorporada al expediente configura un acto de opacidad incompatible con el rol de imparcialidad y transparencia exigido a todo magistrado, consolidando un sistema de justicia cerrada, ajena al control ciudadano y con efectos directos sobre los derechos fundamentales en juego. Dicha medida no solo afecta el derecho de defensa del progenitor y su familia, sino que también demuestra un manejo discrecional del proceso que favorece la consolidación de decisiones arbitrarias”.