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Gobierno reincorporó a casi 2 mil contratados que habían pasado a planta en la gestión pasada

La Comisión Evaluadora estableció que los trabajadores entraron al Estado bajo una norma especial, tal cual lo establece la Constitución.

Gobierno reincorporó a casi 2 mil contratados que habían pasado a planta en la gestión pasada
Cantidad. Los porteros y porteras representaron la mayor cantidad de ingresos de contratados a la planta permanente durante el último traspaso realizado en la gestión pasada.
Cantidad. Los porteros y porteras representaron la mayor cantidad de ingresos de contratados a la planta permanente durante el último traspaso realizado en la gestión pasada.
martes 09 de abril de 2024

A través del decreto 313, publicado hace unos días en el Boletín Oficial, el Gobierno reincorporó a unos 860 contratados que habían pasado a planta permanente en el tramo final de la gestión pasada. Según fuentes oficiales, la cifra se suma a una restitución anterior de unos 1.100 empleados, lo que da un total de 1.960. La administración de Marcelo Orrego les había dado de baja porque los trabajadores no habían cumplido los seis meses de antigüedad exigidos por la Constitución. Sin embargo, en esa misma resolución se dispuso que una comisión iba a verificar todos los casos y, al final, determinó que dichos empleados ingresaron al Estado bajo una norma especial, tal cual lo indica la propia carta magna. Ergo, los nombramientos fueron legales y válidos.

La anulación de los pases a planta fue una de las primeras medidas que tomó el Gobernador al asumir en diciembre, luego de una serie de designaciones que se produjeron al cierre de la gestión uñaquista. En ese entonces, se hablaba de unos 2 mil trabajadores. Además, le había dado de baja a la continuidad de los contratos que se habían extendido.

Para anular el traspaso de contratados, en el Ejecutivo se basaron en el artículo 46 de la Constitución, el cual señala que “ningún empleado de la provincia, con más de seis meses consecutivos de servicio, puede ser separado de su cargo”. Incluso, habían dispuesto que también se “invalidarán los nombramientos de aquellos agentes que, aunque designados en los últimos nueve meses”, no hayan registrado “un mínimo de seis meses de servicio efectivo y continuo”.

Tras la decisión oficial, el Sindicato de Empleados Públicos (SEP), que conduce José Díaz, presentó en enero un amparo con una cautelar para la reincorporación del personal. En el plano judicial, la cautelar (que apuntó a que los empleados regresaran a sus puestos hasta que se resolviera la cuestión de fondo) tuvo sus vaivenes, ya que un juez le hizo lugar, otro anuló el expediente y, en la apelación, los miembros de un tribunal superior volvieron todo a la decisión del primer magistrado

 A todo eso, la decisión del Gobierno incluía la intervención de una Comisión Evaluadora, que iba a examinar los casos que estuvieran bajo cuestionamiento. Fue así que, en el decreto 313, señaló que los 860 agentes designados “han cumplimentado las condiciones y requisitos por la ley 2.440 A”, que es la que permitió el traspaso de contratados. A su vez, la Asesoría Jurídica y de Control de Legalidad de Gobierno resaltó que a dicha normativa se la debe considerar “ley especial a los efectos del derecho a la estabilidad”. En ese marco, en el decreto se remarca que “el personal designado en planta permanente de la Administración Pública, en el marco de las disposiciones de la ley 2.440, goza del derecho a estabilidad desde el momento de su designación, sin necesidad del transcurso de los seis meses indispensables para adquirirla”.

Tales argumentos contemplan a todos los contratados que quedaron efectivos bajo esa normativa. De hecho, las fuentes aseguraron que hubo un decreto anterior que reincorporó a unos 1.100 trabajadores.

La ley 2.440 A fue sancionada el 6 de octubre de 2022, en la administración uñaquista, la cual permite excepciones a las prohibiciones de incorporar personal a planta permanente, escollos contenidos en la ley de necesidad y urgencia de 2002 (705 A) y de contención del gasto público de 1996 (531 P). La 2.440 permite el ingreso al Estado de todo personal que cumpla con ciertos requisitos, como haber tenido un contrato vigente al 31 de diciembre de 2018 y contar con 24 meses de contratación, consecutivos o alternados, desde el 1 de enero de 2019 a la fecha de sanción de la norma, entre otros.

Por otro lado, el SEP hizo referencia en su amparo a la defensa de los contratados contemplados en la ley 1.116 A, la que fue sancionada en 2011. Las fuentes dijeron que hubo casos a los que sí se les dieron de baja.

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