lunes 29 de abril de 2024
30.7ºc San Juan

Polémica

Revés para abogados: la Justicia dio de baja una parte clave de la ley de honorarios

La Cámara Laboral cuestionó desde cuándo se debe aplicarse el nuevo cálculo que beneficia a los profesionales y sentó dudas en miles de causas.

Revés para abogados: la Justicia dio de baja una parte clave de la ley de honorarios
Marcelo Alvarez y Sofía Lloveras . En la sanción de la ley de honorarios.
Marcelo Alvarez y Sofía Lloveras . En la sanción de la ley de honorarios.
martes 09 de abril de 2024

Tras años de planteos, en septiembre pasado los abogados lograron que la Cámara de Diputados sancionara la nueva Ley de Honorarios, la que estableció un cálculo mejor sobre cuánto debe ganar un profesional por su tarea en un juicio. El pedido de cambio de los profesionales ante los legisladores surgió porque entendían que la anterior norma había quedado desactualizada. Ahora, a sólo seis meses de su sanción, la Sala I de la Cámara Laboral dio de baja un artículo clave, el que indica desde cuándo se debe aplicar el nuevo cálculo. Básicamente, lo hizo porque el proceso judicial que llegó a la Cámara, se había iniciado bajo el paraguas de la anterior ley e, incluso, tuvo sentencia de primera instancia con honorarios fijados con la ley vieja.

Así, los jueces indicaron la inconstitucionalidad de un artículo, porque no se puede aplicar dos leyes distintas en un mismo juicio. Sin ese punto se abren una serie de incógnitas que, hasta el momento, no han sido respondidas. ¿Qué ocurre con las causas en las que se han fijado honorarios con dos métodos distintos? Si una causa se inició antes de septiembre del año pasado y no tiene sentencia de primera instancia ¿qué ley se aplica, la que es más beneficiosa para su bolsillo o la que es más onerosa para el abogado? ¿A cuántas causas afecta la decisión de la Justicia? Sobre este último punto, fuentes oficiales indicaron que la inconstitucionalidad afecta a todas las causas Civiles, Laborales y Contenciosas que estén en la misma situación, por lo que son miles.

El fallo que despertó toda la polémica vio la luz a fines de marzo y surgió de una causa por un accidente laboral, en el que el trabajador reclamó a la aseguradora un mayor porcentaje de incapacidad del que se le determinó. El siniestro laboral ocurrió en el 2014 y la causa judicial tuvo sentencia de primera instancia en 2019, esto es, mucho antes de la sanción de la nueva ley de honorarios. El proceso judicial llegó a la Corte, tribunal que ordenó que el expediente regrese a la Cámara Laboral para que se dicte otro fallo. Independientemente del origen de la causa, los jueces Lucia Daroni, Guillermo Rahme y Mariano Ibáñez, por planteo de este último, analizaron qué ley de honorarios se debe aplicar. Ibáñez entendió que no se debe aplicar el nuevo cálculo porque el expediente se había iniciado bajo la ley anterior, postura que tuvo el apoyo de Daroni, por lo que, por mayoría dictaron la inconstitucionalidad del artículo 112 de la ley 2557-O. Dicho punto es clave porque establece que “la ley se aplica a todos los procesos en curso, en los que no haya regulación firme de honorarios, al tiempo de su publicación”.

Para definir así, y según consta en el fallo, Ibáñez indicó que “la actuación de los profesionales realizada antes de la vigencia de la nueva ley fue juzgada y decidida en primera instancia por la ley anterior. Ahora bien, no obstante la claridad de la norma, entiendo que no puede admitirse que una nueva ley, que cambie sustancialmente el régimen de regulación de honorarios (en favor del apoderado, lo que implica que será en perjuicio del poderdante), puede aplicarse a aquellos procesos que, a la fecha de su entrada en vigencia, se encuentren concluidos en primera instancia, aunque no lo sea por sentencia firme”.

A su vez, aclaró que su opinión “no significa un cuestionamiento a la política legislativa que favorece al abogado litigante, sino que es simplemente un análisis de la norma que dispone su aplicación temporal”.
Consultados por la situación que implica el fallo sobre los honorarios de los abogados, desde el Foro de Abogados indicaron que no estaban al tanto de la resolución, pero que analizarían la inconstitucionalidad plateada y el alcance que tendrá.
Cambios

La Ley de Honorarios de los abogados estableció cambios favorables para los profesionales. La norma anterior establecía un porcentaje que llegaba hasta el 25 por ciento del monto del juicio. Si la causa superaba los 500 mil pesos, lo máximo que se podía regular era el 20 por ciento. La nueva norma, sancionada el año pasado, estableció una Unidad de Medida Arancelaria (UMA) con un valor de 20 mil pesos, actualizable cuando se incremente los haberes de los jueces de primera instancia, en la misma medida. Así, para aquellos procesos con menos de 100 UMA, el máximo porcentaje de honorario es de 25 por ciento, mientras que aquellos con más de 1001, de 14 al 18 por ciento del total del proceso. En segunda instancia también hubo cambios, ya que el mínimo paso del 30 al 40 por ciento de lo que se fijó al inicio.

Te puede interesar
Últimas noticias