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Por una resolución, el Ministerio Público restringe el contacto entre fiscales y periodistas y prevé sanciones por difundir información no autorizada

El fiscal General, Guillermo Baigorrí, dispuso que toda comunicación vinculada a investigaciones y actividades institucionales sea canalizada a través de la Oficina de Comunicaciones. El protocolo establece responsabilidades para quienes incumplan las disposiciones sobre el manejo de información pública.
jueves 18 de junio de 2026

En las últimas horas del martes comenzó a circular entre los fiscales sanjuaninos una instrucción del fiscal General de la Corte, Guillermo Baigorrí, que marca un fuerte cambio en la relación entre el Ministerio Público Fiscal y los medios de comunicación. A través de una resolución, se dispuso que toda comunicación pública vinculada a investigaciones, actuaciones judiciales y actividades institucionales sea canalizada por la Oficina de Comunicaciones del organismo y prohibe el contacto directo con la prensa. 

La medida quedó formalizada mediante la Resolución General N.º 26/2026, que aprueba el "Protocolo de Actuación para el Manejo de Información Pública del Ministerio Público de San Juan", un documento de cumplimiento obligatorio para fiscales, asesores, funcionarios y agentes que intervengan en la generación o difusión de información institucional.

Pese a la intención del Ministerio Público Fiscal, ya resolución se filtró a los medios de comunicación con todo el detalle. 

Entre los puntos más relevantes, el protocolo establece que la Oficina de Comunicaciones será el canal institucional prioritario para la difusión oficial de información, la elaboración de comunicados, la coordinación de entrevistas y la administración del vínculo con los medios de comunicación.

Además, señala expresamente que los funcionarios y agentes deberán abstenerse de brindar información informal, extraoficial o no autorizada, y desaconseja mantener intercambios personales permanentes con periodistas respecto de causas en trámite. También dispone que toda consulta periodística vinculada a investigaciones deberá canalizarse preferentemente a través de la Oficina de Comunicaciones o mediante autorización expresa del Fiscal General.

La norma también fija pautas sobre el contenido de las declaraciones públicas. Según el protocolo, las intervenciones de fiscales y funcionarios deberán limitarse a información objetiva y oficialmente autorizada, evitando opiniones personales, interpretaciones sobre pruebas, revelación de estrategias investigativas o manifestaciones que puedan afectar el debido proceso.

Uno de los aspectos que más llamó la atención es el referido a las consecuencias por incumplir estas disposiciones. Si bien la resolución no establece una sanción específica por hablar con la prensa, sí prevé responsabilidades para quienes violen el protocolo, especialmente cuando se difunda información reservada o no autorizada.

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En su punto 7, el documento señala que "el incumplimiento de las disposiciones del presente protocolo dará lugar a responsabilidades administrativas, disciplinarias, civiles y/o penales, conforme la normativa vigente".

A su vez, el apartado 7.1 establece que cuando la Oficina de Comunicaciones o cualquier integrante del Ministerio Público detecte la difusión, publicación o circulación de información institucional, judicial o investigativa sin la autorización correspondiente, deberá comunicarlo de inmediato al Fiscal General. A partir de allí, podrán evaluarse "medidas institucionales, administrativas, disciplinarias o judiciales" según cada caso.

El protocolo también pone especial énfasis en la protección de datos sensibles. Queda prohibida la difusión de información que permita identificar a víctimas de delitos contra la integridad sexual, niños, niñas y adolescentes, testigos protegidos o personas en situación de vulnerabilidad. Asimismo, veta la publicación de expedientes completos, declaraciones testimoniales, informes médicos, evidencia sensible o documentación alcanzada por reserva judicial.

Otro de los puntos destacados es que la Oficina de Comunicaciones no podrá decidir de manera autónoma qué información se publica. Toda difusión vinculada a causas judiciales deberá contar con autorización expresa del fiscal o asesor interviniente, además de una validación técnica y jurídica previa.

Desde el Ministerio Público sostienen que el objetivo de la medida es fortalecer la transparencia institucional, garantizar el acceso a la información pública y resguardar derechos fundamentales como la presunción de inocencia, la intimidad de las víctimas y el normal desarrollo de las investigaciones.

La decisión llega en un contexto en el que la relación entre fiscales y periodistas ha sido históricamente fluida en San Juan. De hecho, Diario de Cuyo había adelantado que se preparaba un cambio significativo en la forma en que el Ministerio Público se vincularía con los medios de comunicación, una transformación que ahora quedó formalmente plasmada en el nuevo protocolo impulsado por Baigorrí.

Res. Gral. N° 26-26 by 0264 noticias