El hecho ocurrió en noviembre de 2025

Un motociclista estaba acusado de matar a un ciclista en Pocito, pero la Justicia terminó sobreseyéndolo

José Francisco Páez había sido imputado por la muerte de Juan Cirilo Godoy, un jubilado de 72 años que falleció dos días después del sineistro vial. La pericia accidentológica fue determinante: no pudo establecerse que el conductor de la moto hubiera realizado una maniobra imprudente o antirreglamentaria que provocara el siniestro.
domingo 16 de agosto de 2026

La investigación por la muerte de Juan Cirilo Godoy, un jubilado de 72 años que falleció luego de protagonizar un siniestro vial en Pocito, tuvo un giro determinante. La Justicia de San Juan resolvió sobreseer a José Francisco Páez, el motociclista que había sido imputado por el hecho, luego de que las pruebas reunidas no permitieran determinar que hubiera sido responsable del choque.

El siniestro ocurrió el 8 de noviembre de 2025, alrededor de las 19:30, en la intersección de las calles Frías y Agustín Gómez (calle 5), en Pocito. Godoy circulaba en bicicleta, mientras que Páez se movilizaba a bordo de una Honda Wave 110cc.

Tras el impacto, el ciclista fue trasladado a un centro de salud, pero falleció dos días después. La autopsia determinó que la causa de muerte fue un traumatismo encefálico con fractura de cráneo, lesiones compatibles con las provocadas por el impacto.

A partir del fallecimiento, Páez había quedado imputado por homicidio culposo agravado, una figura que contempla aquellos casos en los que una persona provoca una muerte sin intención, pero como consecuencia de una conducta imprudente, negligente o antirreglamentaria.

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Sin embargo, durante la investigación se realizó una pericia accidentológica y de mecánica del siniestro, cuyos resultados terminaron siendo determinantes para el desenlace de la causa.

Los especialistas no pudieron establecer que el origen del choque haya sido una maniobra negligente o imprudente atribuible al motociclista. De acuerdo con la reconstrucción incorporada al expediente, Godoy habría circulado en zigzag luego de sufrir una suba de presión, mientras que Páez habría intentado esquivarlo y se habría abierto para realizar el sobrepaso, aunque finalmente terminó impactándolo.

Este punto resultó clave para la resolución: no se encontraron elementos suficientes para sostener que Páez hubiera provocado el siniestro mediante una conducta antirreglamentaria o negligente.

La investigación quedó así agotada, sin una posibilidad razonable de incorporar nuevas pruebas que permitieran avanzar hacia una acusación y un posterior juicio. Por ese motivo, se dispuso el sobreseimiento total y definitivo del motociclista, poniendo fin a la imputación penal que pesaba sobre él.

La defensa de Páez estuvo a cargo de la doctora Sandra Leveque, quien intervino durante la audiencia en la que se resolvió el sobreseimiento y destacó como uno de los puntos centrales del expediente que la pericia accidentológica no pudo atribuir al motociclista ninguna maniobra antirreglamentaria o negligente.