Resolución

Por unanimidad, el Jury de Enjuiciamiento archivó el pedido de destitución de un abogado contra tres jueces

El organismo encargado de juzgar la conducta de los magistrados rechazó la denuncia de Nicolás Fiorentino.
Los miembros del Jurado de Enjuiciamiento, desde la izquierda: los abogados Juan Manuel Juárez y Sofía Lloveras, el cortista Marcelo Lima y la diputada Marcela Quiroga y su colega Leopoldo Soler.
Los miembros del Jurado de Enjuiciamiento, desde la izquierda: los abogados Juan Manuel Juárez y Sofía Lloveras, el cortista Marcelo Lima y la diputada Marcela Quiroga y su colega Leopoldo Soler.
viernes 21 de agosto de 2026

Los miembros del Jurado de Enjuiciamiento, el cortista Marcelo Lima, los abogados Juan Manuel Juárez y Sofía Lloveras y los diputados Leopoldo Soler y Marcela Quiroga, se reunieron ayer para definir si admitían o no el pedido de destitución que había hecho el abogado Nicolás Fiorentino contra la jueza Adriana Tettamanti, del Contencioso Administrativo, y los camaristas Civiles Juan Carlos Pérez y Sergio Rodríguez. Fuentes calificadas confirmaron que el Jury, por unanimidad, desestimó la denuncia, por lo que el caso quedó archivado.

Tal cual lo establece el procedimiento, el rechazo de la denuncia no exige una fundamentación, pero las fuentes aseguraron que el Jurado dio los argumentos de su decisión. No obstante, no trascendieron porque, primero, querían notificar tanto a los magistrados como al abogado.

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En su pedido de remoción, Fiorentino había esgrimido las causales contra los jueces por incumplimiento de los deberes de funcionario público y prevaricato (dictar sentencias contrarias a la ley). Luego de que ratificara su denuncia, los magistrados presentaron sus informes, es decir, sus descargos, en los que fueron muy duros contra el abogado. Al punto que llegaron a calificarlo de “torpe”, “malintencionado” y “negligente”.

El caso tuvo su origen en la demanda que le metió la empresa Carpas Argentinas a la firma Puccinellia (que representa Fiorentino) por 91 millones de pesos debido a la rescisión del contrato de alquiler de módulos y estructuras habitacionales.

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A la hora de notificar el reclamo, la primera de las compañías informó un domicilio de Rawson para que se le enviara el escrito a la demandada y el oficial notificador, al no ser atendido por nadie, lo dejó en la ventanilla de la garita del barrio privado Altos de Meglioli, debajo de una piedra.

Pese a ello, Puccinellia no respondió y la jueza Adriana Tettamanti, del Contencioso Administrativo, dio por decaído su derecho a intervenir en el caso, lo que implica que, en el juicio, sólo estarán presentes los hechos que exponga Carpas Argentinas. Así, tiene amplias chances de ganar el caso.

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Además de sostener que ningún directivo de esta última empresa recibió la comunicación de la demanda, Fiorentino esgrimió un planteo de nulidad. Indicó que la notificación era inválida porque Puccinellia tiene su sede social en Mendoza y su domicilio fiscal en Capital, San Juan. No a donde llegó el escrito, al barrio privado Altos de Meglioli.

No obstante, la jueza Tettamanti rechazó el 5 de diciembre de 2025 el pedido de nulidad de Fiorentino porque señaló que la dirección de Rawson era el domicilio pactado y acordado por el apoderado de Puccinellia en el contrato de locación que se había firmado con Carpas Argentinas.

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El abogado apeló y el incidente recayó en la Sala III de la Cámara Civil. Los jueces Pérez y Rodríguez confirmaron el pasado 31 de marzo la decisión de primera instancia, lo que desencadenó el pedido de destitución ante el Jury de Enjuiciamiento.

En líneas generales, Fiorentino sostuvo que es “rotundamente falso” que Puccinellia haya fijado como “domicilio contractual” el Barrio Altos de Meglioli, por lo que habrían inventado un hecho inexistente. También cuestionó que los jueces hayan avalado que el oficial notificara la demanda colocando los escritos en la ventana de una garita bajo una piedra. Además, indicó que hubo una complicidad entre los magistrados para beneficiar a Carpas Argentinas y perjudicar a su cliente, Puccinellia.

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En su informe ante el Jurado de Enjuiciamiento, Tettamanti ratificó que, en el contrato de alquiler, en la cláusula primera, se estableció el Barrio Altos de Meglioli como domicilio contractual por el propio Fiorentino, lo que fue ratificado en un acuerdo de partes en 2024. Incluso, fue la dirección en la que Puccinellia recibió cartas documento previas a la demanda por la rescisión del contrato, sin que hubiera ningún tipo de conflicto.

A su vez, el camarista Pérez indicó en su descargo que, en un juicio paralelo por cobro de honorarios tramitado en el Juzgado de Paz de Rivadavia, Puccinellia fue notificada exactamente de la misma manera que en la demanda de Carpas Argentinas y en la misma dirección de Rawson. En ese caso, la empresa contestó demanda y no hubo planteo de nulidad ni denuncias.

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Por su parte, el camarista Rodríguez también hizo hincapié en que el contrato de locación entre las empresas, en su cláusula segunda, confirma el domicilio del Barrio Altos de Meglioli, en el que serán “validas todas las notificaciones”.

Además, los tres magistrados habían hecho hincapié en que Fiorentino los denunció en sede penal por prevaricato, pero que tal planteo fue desestimado por el fiscal del caso y, tras un pedido de revisión, por el fiscal Coordinador de la UFI Delitos Especiales.

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En su descargo, el camarista Rodríguez había resaltado que el abogado, “tras perder la oportunidad de defenderse, en perjuicio de sus clientes, por su propia torpeza y negligencia reiterada, optó por denunciar infundadamente a los jueces que intervinieron en la causa, distrayendo la atención de su cliente para aventar un juicio de mala praxis”.

Su colega Pérez había cuestionado que el abogado hablara de “complicidad, connivencia y corrupción judicial” cuando se dictaron las sentencias, “sin ningún fundamento legal, sólo por resultar perdidoso en un incidente”, lo que resultó “un exceso malintencionado de parte del denunciante”.

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A su vez, la jueza Tettamanti había destacado que la movida de Fiorentino “responde a intenciones aviesas y argumentos infundados”, que su comportamiento se encuentra “apartado de la ética” y está “lejos de perseguir un sentido de justicia”. Inclusive, remarcó que las expresiones del abogado “resultan ofensivas y desproporcionadas, absolutamente impropias de un profesional del derecho”.

Tras los informes de los magistrados, el Jurado de Enjuiciamiento también analizó la denuncia y las pruebas y concluyó que no hay elementos para sostener las causales de destitución, por lo que archivó el caso.

 

Además, un pedido de Juicio Político

El proceso salió a la luz debido a que Fiorentino, además, denunció al cortista Lima a través de un Juicio Político en la Cámara de Diputados. Así, también busca su remoción debido a que planteó que debía excusarse de intervenir en el Jury de Enjuiciamiento porque tiene vínculo de amistad con el camarista Rodríguez, quien fue uno de sus asesores cuando Lima se desempeñó como intendente de la Capital.

Además, había indicado que Rodríguez ocupó el cargo de secretario administrativo de la Cámara de Diputados cuando Lima fue el presidente como vicegobernador.

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No obstante, en el entorno del cortista remarcaron que tal relación “íntima” no existe. Incluso, afirmaron que, Lima, como ministro, ha firmado sentencias de causas en las que Rodríguez ha intervenido como juez de Cámara, dictámenes que han resultado contrarios a las decisiones del segundo, lo que demuestra que no existe “amistad íntima o parcialidad”.

Tras el pedido de Juicio Político, la Sala Acusadora de la Cámara de Diputados giró la denuncia a la Comisión Investigadora, la que tiene 40 días para emitir un dictamen a favor de que avance el proceso o, por el contrario, el rechazo.