2026-07-02

impugnación de medidas

El hombre condenado que ocasionó una doble tragedia vial en 9 de Julio al manejar ebrio recuperó la libertad

Marcos Gabriel Pereyra fue sentenciado a cuatro años de prisión efectiva por la tragedia vial ocurrida en enero de 2025, en la que murieron Juan Alberto Torres Figueroa y Mirco Aballay Allende. La defensa impugnó la prisión preventiva dispuesta tras la condena y un juez resolvió el proceso.
Por Redacción 0264Noticias

Este miércoles se llevó a cabo la audiencia de impugnación de medidas cautelares en la causa contra Marcos Gabriel Pereyra, condenado por el delito de homicidio culposo por conducción imprudente de un vehículo con motor triplemente agravado, por la tragedia vial ocurrida el 19 de enero de 2025 en el departamento 9 de Julio, en la que perdieron la vida Juan Alberto Torres Figueroa y Mirco Aballay Allende.

Días atrás, el tribunal lo condenó a cuatro años de prisión efectiva y ocho años de inhabilitación para conducir vehículos. Además, pese a que la sentencia aún no se encuentra firme, dispuso que permaneciera detenido bajo prisión preventiva y comenzara a cumplir la pena en el Servicio Penitenciario Provincial.

Sin embargo, la defensa de Pereyra, integrada por los abogados Nadia Ludmila Derka y Marcelo Fernández, impugnó esa medida cautelar al sostener que el acusado había transitado todo el proceso judicial en libertad y que no existían elementos que justificaran su detención preventiva.

En diálogo con 0264Noticias, la defensa explicó que el juez de Impugnación resolvió hacer lugar al planteo y ordenó que Pereyra recupere la libertad mientras continúa el trámite judicial hasta que la condena quede firme.

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"Pereyra fue condenado por homicidio culposo y antes de esa sentencia tenía la libertad. Llegó al juicio en libertad. Cuando se dictó la sentencia, también se dispuso la prisión preventiva inmediata. Nosotros impugnamos esa decisión y el juez resolvió darle la libertad para que continúe el proceso en esa condición", explicó la abogada Nadia Derka.

La letrada señaló que el principal fundamento de la resolución es el principio constitucional de inocencia, previsto en el artículo 18 de la Constitución Nacional, que establece que toda persona conserva ese estado hasta que exista una sentencia firme.

En ese sentido, explicó que una condena no firme no alcanza por sí sola para justificar una prisión preventiva. Según indicó, para restringir la libertad deben acreditarse riesgos procesales concretos, como peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación.

Además, remarcó que cualquier restricción a la libertad debe ser proporcional y debidamente fundamentada por el juez, ya que de lo contrario la resolución podría ser considerada arbitraria.

De esta manera, Marcos Gabriel Pereyra recuperará la libertad y permanecerá en esa condición hasta que la condena quede firme o exista una resolución definitiva por parte de los tribunales superiores.

EL HECHO

El siniestro ocurrió el 19 de enero de 2025 y dejó como saldo la muerte de dos personas y una mujer herida. Según la información judicial y policial, el conductor de la camioneta Hilux, identificado como Marcos Gabriel Pereyra, circulaba bajo los efectos de sustancias estupefacientes al momento del impacto.

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