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En conferencia de prensa, desde la UNSJ explicaron su respuesta hacia la Cámara Federal de Mendoza

El cuerpo de abogados fue el encargado de aclarar los puntos de ese escrito. El encuentro fue en el Edificio Central de la UNSJ.

En conferencia de prensa, desde la UNSJ explicaron su respuesta hacia la Cámara Federal de Mendoza
martes 15 de junio de 2021

Durante la noche del lunes el cuerpo legal de la UNSJ envió a la Cámara Federal de Mendoza la respuesta a la resolución que terminó suspendiendo las elecciones. Por este motivo, este martes los abogados brindaron una conferencia de prensa en el Edificio Central de la UNSJ para explicar puntos de ese escrito enviado. La introducción a la conferencia estuvo a cargo del rector Oscar Nasisi y los encargados de ella fueron José Luis Miolano, de la Dirección de Asuntos Legales de la esta Universidad, y Luis Conrado Suárez Jofré, Grace Bridge y Marcos Conca, del Departamento de Ciencias Jurídicas de la Facultad de Ciencias Sociales de la UNSJ. “Hemos trabajado sábado y domingo para poder contestar en el menor tiempo posible. El texto ha sido elevado ayer alrededor de las 20 o 20.30 horas, con el objeto de que hoy ya estuviera a disposición de la Cámara y pueda empezar a resolver”, dijo Miolano.

“El planteo atiende a cuestionar la medida cautelar y se hizo a través de un recurso de reposición en el cual se ha solicitado que la mera interposición de ese recurso sea con efectos suspensivos, esto implica, de acuerdo a lo que la ley prescribe, que debería operar inmediatamente la suspensión de la suspensión, es decir, de la medida cautelar, y aspiramos a que sea de la manera más inmediata. En caso de esto ser rechazado, será motivo de entendimiento de un tribunal de alzada que es la Corte, y eso lleva un tiempo que para nosotros es inconveniente”, explicó Suarez Jofré. Y agregó: “La profesora (Mónica Morvillo) invoca una condición para cuestionar la decisión de la Universidad, que ha perdido, que ha devenido distinta desde el momento del recurso al momento actual, ese es el cuestionamiento de falta de legitimación activa, en el sentido de que ella no puede estar pretendiendo en justicia lo que está pretendiendo”.

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Por su parte, Marcos Coca señaló que se trabajó profundamente en lo relacionado con los derechos políticos de todos los docentes de la Universidad y en la situación especial de aquellos y aquellas que están amparados en el Artículo 73 del Convenio Colectivo de Trabajo. “Otro punto, que se ha tergiversado y en el que hemos puesto blanco sobre negro, fue con la aclaración de que los casos que invoca (la profesora), la Universidad de Río Cuarto y la Universidad de Jujuy, no aplican a lo que se debate en la presente causa. Por el contrario, la Cámara Federal de Salta, en el caso de la Universidad de Jujuy, en la que sí se menciona de manera adicional la situación de los docentes en el Artículo 73 del Convenio Colectivo, es que sí tienen derechos políticos. Hemos tratado de atacar la pretensión desde todos los frentes”.

Grace Bridge indicó que los mecanismos legales que impusieron buscan dejar sentadas las serias implicancias que la medida de suspensión impuesta tiene en relación a la vida institucional y al sistema democrático que se aplica en cuanto a la Universidad, y a la extrema necesidad de hacer efectivos los derechos denominados de orden político, que hacen al derecho de participar en los comicios. “Se han atacado las medidas del 9 de junio y la del 11 de junio, la cual dispuso mantener la suspensión, e hicimos una especial referencia al interés público comprometido en el caso. La medida adoptada por el Tribunal de alzada ha sido en perjuicio o vulnerando derechos. Al momento de dictar la primera medida la Cámara, la Universidad ya había enviado un informe, no obstante ello, no fue objeto de análisis alguno. En ese informe, la Universidad ya daba cuenta de cuál era el interés público comprometido en el caso. La Cámara tampoco analizó las pretensiones de la autora, que solamente fueron esbozadas en un escrito en el que manifestaba el próximo vencimiento de los plazos y la inminente realización del acto eleccionario en la Universidad”, expresó la abogada.

Por fuera de la conferencia de prensa, el abogado Federico Sanna contó que también, junto a Soledad Lloveras, en el escrito enviado a la Cámara de Mendoza trabajaron el siguiente tema que así lo explicó: “En torno a la cuestión de fondo, hay un punto bastante importante, y es que hay algo a lo que llegaría el planteo de Morvillo y es notoriamente contrario al principio de progresividad de la Convención Americana de Derechos Humanos y de los derechos de los trabajadores reconocidos en el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que tiene que ver con lo siguiente: En nuestra Universidad los docentes regularizados por el Artículo 73 no tienen una condición provisoria, sino que se incorporan a la carrera docente con total estabilidad, en igualdad que los concursados que ingresan a la carrera docente. Si se hace la interpretación que sostiene Morvillo, llevaría al absurdo de que todos estos docentes regularizados nunca en toda su vida universitaria van a poder ejercer plenamente sus derechos políticos, a menos que renuncien a sus cargos, porque así sería la única forma en que los cargos se llamen a concurso. Obviamente renunciando a su cargo se quedarían sin el mismo. Por ende, no puede castigarse la estabilidad laboral con una prohibición en materia de participación en derechos políticos. Si bien los artículos 54 y 55 de la Ley de Educación Superior hablan de concursados, no dicen en ninguna parte que queda prohibida su equiparación con otra categoría de docentes”.

 

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