sábado 27 de abril de 2024
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Una medida oficial judicializada

Tras un fallo, la anulación de los pases a planta sigue enredada en una maraña legal

La Cámara de Apelaciones revocó un fallo de un juez que había desestimado un amparo presentado para la reincorporación de personal estatal. La causa volverá a otro magistrado que sí había dispuesto la restitución de los trabajadores en una medida cautelar. Es un hecho que Fiscalía de Estado apelará.

Tras un fallo, la anulación de los pases a planta sigue enredada en una maraña legal

Luego de que el gobernador Marcelo Orrego anulara las designaciones de personal a planta permanente en los seis meses previos a su asunción, la medida fue judicializada por el Sindicato de Empleados Públicos (SEP) y la causa se encuentra enredada en etapas del proceso legal. La última resolución es de la Sala III de la Cámara Civil, cuyos integrantes revocaron el fallo del juez Héctor Rollán, quien había entendido que el expediente se había caído debido a que desde el gremio no habían cumplido con un requisito clave para continuar con el pleito. Esto fue lo que apeló el SEP y tuvo una sentencia favorable. El caso ahora volverá al juzgado a cargo de Walter Otiñano, quien le había hecho lugar al pedido del sindicato de que se dicte una cautelar, por lo que había dispuesto la reincorporación de los trabajadores. ¿Eso quiere decir que el tema está cerrado y los empleados volverán a sus puestos? Aún no, ya que es un hecho que Fiscalía de Estado pedirá la revisión de la cautelar que ordenó Otiñano, sumado a que aún no se ha definido la llamada cuestión de fondo, el objeto del amparo: si el personal fue desligado de manera irregular.

Apenas tomó el mando de la provincia, Orrego decidió, entre otras medidas, anular los nombramientos a planta permanente en los seis meses previos al inicio de su gestión, al igual que las designaciones de los últimos nueve meses, en las que los trabajadores no cumplieran con seis meses de antigüedad. Ante la resolución, desde el SEP sostuvieron su presunta irregularidad y acudieron a la Justicia a través de una acción de amparo. Además, solicitaron la aplicación de una cautelar innovativa, con el fin de que se suspendiera el efecto de los decretos que daban de baja al personal y que se los restituyera en sus funciones-

El planteo se hizo el 23 de enero y, al día siguiente, el juez Otiñano, del Octavo Civil, sacó una resolución en la que dio por iniciada la tramitación de la acción de amparo y le hizo lugar a la solicitud de la cautelar, por lo que dispuso que los trabajadores regresaran a sus puestos de trabajo, hasta que se dicte la sentencia sobre el amparo.

En plena feria judicial, el juez Rollán, del Primero Civil, reemplazó en el turno a Otiñano el 25 de ese mes. Durante su actuación, el fiscal de Estado Adjunto, Sebastián Dávila, realizó el 29 una presentación para que se dé como desistido el amparo debido a que el SEP no había notificado a Fiscalía de Estado en el plazo establecido, de acuerdo a lo que establece el Código Procesal Civil.

La movida la hizo, justamente, Fiscalía de Estado y Rollan le dio el visto bueno y lo dio de baja a todo el proceso, incluida la resolución que había sacado su colega Otiñano.

Por eso, desde el sindicato apelaron y la causa recayó en la Sala III de la Cámara Civil, integrada por Juan Carlos Noguera, Juan Carlos Pérez y Sergio Rodríguez. El pasado viernes 22, los magistrados resaltaron, en líneas generales, cuestionaron a Rollán sobre el momento en que empiezan a correr los plazos de las notificaciones, ya que consideraron “errada, tanto la fundamentación como la interpretación” que tuvo y destacaron que “resulta, por demás extraño, que fije un cómputo distinto a los que establece el Código Procesal”. Así, los camaristas revocaron el fallo del magistrado de primera instancia.

El expediente volverá al juzgado de Otiñano, en el que deben continuarse una serie de trámites, como la notificación a la defensora del Pueblo para su intervención, tal cual lo establece la Constitución y que el magistrado había dispuesto, pero que no se terminó de cumplir. Además, desde la Sala III indicaron que se le debe correr traslado al Ministerio Público Fiscal y resolver planteos de Fiscalía de Estado. Inclusive, el organismo que defiende el patrimonio y los intereses de la provincia apelará la cautelar que otorgó Otiñano, por lo que la disputa tendrá un largo camino. Es más, el magistrado es el que tendrá que resolver la cuestión de fondo: el amparo.

A la hora de dictar la cautelar para la restitución de los trabajadores, Otiñano sostuvo, entre otros puntos, que los decretos que anularon las designaciones, “por un lado, no cuentan con dictamen jurídico legal y, por otro lado, dejan sin efecto los actos anteriores del propio Poder Ejecutivo, afectando, de esta manera, los derechos constitucionales en juego como el derecho a trabajar, a percibir un salario, el derecho alimentario que eso implica y el derecho a la propiedad y a la salud que consecuentemente traen aparejados”.

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