domingo 19 de mayo de 2024
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Emblemático caso

Un planteo jugó en contra de los condenados en la causa por las facturas truchas de Afip

La Defensa Oficial había pedido que el cumplimiento de las condenas sea desde que se firmó el juicio abreviado, en 2021. La Justicia lo rechazó y lo marcó desde que la sentencia quedó firme, en diciembre de 2023.

Un planteo jugó en contra de los condenados en la causa por las facturas truchas de Afip
Francisco Maldonado, Fiscal Federal. Atrás abogados de AFIP: Patricio Escubier y Diego Tell.
Francisco Maldonado, Fiscal Federal. Atrás abogados de AFIP: Patricio Escubier y Diego Tell.
miércoles 08 de mayo de 2024

La emblemática causa de las facturas truchas de AFIP tuvo un último episodio que jugó en contra de quienes aceptaron su culpabilidad en un juicio abreviado. La Defensa Oficial, que representó a los condenados, había solicitado que las penas comiencen a contarse desde que los imputados firmaron el acuerdo, allá por el 2021. Pero el planteo fue rechazado por la Justicia, la que definió que los castigos, en suspenso, deben contabilizarse desde que la sentencia final quedó firme, a partir de diciembre del año pasado, esto es más de dos años después de que aceptaron ser culpables. Quienes quedaron enmarcados en la decisión fueron Francisco Martiniano Place, María Graciela Vega Lecich, Daniel Eduardo Brisighelli, Roberto Augusto Madcur, Sebastián Fernández De Ceiza, Pedro Octavio Lima, Jorge Germán Aranela, Patricia Liliana Madcur, María Luciana Turcato y Gabriel Eduardo Pietro. Los miembros del grupo habían aceptado entre 2 y 3 años de prisión por estafar al fisco al evadir tributos por unos 20 millones de pesos.


El planteo que fue rechazado por la Justicia se dio el lunes pasado, unos 16 años después de que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) radicara la denuncia. Incluso la entidad nacional investigó la maniobra delictiva entre 2001 y 2005 para, una vez obtenida toda la información, denunciar en la Justicia Federal a los involucrados. El expediente tuvo innumerables idas y vueltas, hasta que, finalmente, en 2021 se resolvió un juicio abreviado para la mayoría de los imputados, mientras que dos personas más terminaron con una suspensión de juicio a prueba (probation), lo que implica hacer un desembolso simbólico, cumplir tareas comunitarias y mantener reglas de conducta por un tiempo.


Fue la situación de una de estas dos personas (la otra era menor al momento de la investigación) la que originó un perjuicio temporal para el resto de los involucrados, producto de un planteo que hizo el Defensor Oficial. Cuando en octubre de 2021 los imputados aceptaron condenas en un juicio abreviado, Celia Esmir Sanose optó por ir a juicio, pero luego presentó acciones para ser beneficiada con una probation. La mujer apuntaba a quedar desligada de la causa ya que, como empleada de una entidad nacional, una condena le habrá significado perder su puesto de trabajo. Así, el expediente, con todos los involucrados, demoró en su resolución hasta que en junio del año pasado Sansone recibió el beneficio de no ir a juicio a cambio de realizar un desembolso y tareas comunitarias.


En dicha audiencia, del 15 de junio del año pasado, el Defensor Oficial, Esteban Chervín, hizo un planteo verbal ante el tribunal en relación al resto de sus defendidos, aquellos que habían reconocido ser parte de una asociación ilícita destinada evadir IVA e impuesto a las Ganancias que debía recibir el Estado Nacional. Solicitó que el plazo para que se comience a computar la condena condicional, de 2 a 3 años que aceptaron los procesados, sea desde que se firmó el juicio abreviado, en octubre de 2021, “para que evitar que el transcurso del tiempo ocurrido desde aquel momento hasta el dictado de la sentencia, no perjudique a sus pupilos”. El pedido no fue menor, ya que, la ley indica que, si se dicta una condena condicional, el imputado no debe cometer un nuevo delito dentro del término de cuatro años, independientemente de la pena recibida (menor a tres años). Por lo que, si se tiene en cuenta la fecha de 2021, los condenados ya cumplieron más de la mitad de plazo sin otro castigo.


El fallo final se demoró por la situación de Sansone, quien tras dos años, logró obtener una probation. Así, la sentencia quedó firme, para todos los imputados, recién el 29 de diciembre pasado. En ese marco, en un dictamen resuelto por el juez de Cámara Daniel Doffo, del Tribunal Oral Federal (TOF) de la provincia, la Justicia rechazó el planteo del Defensor Oficial porque el artículo 27 del Código Penal es claro al indicar que “la condenación se tendrá como no pronunciada si dentro del término de cuatro años, contados a partir de la fecha de la sentencia firme, el condenado no cometiere un nuevo delito”.


Según la resolución de diciembre Place, Lecich, Brisighelli y Roberto Madcur fueron condenados a tres años de prisión en suspenso; mientras que De Cieza, a dos años y medio. Para Lima, Aranela, Patricia Madcur, Turcato y Prieto, el castigo aceptado fue de dos años.

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