Tras el pedido de destitución en su contra

El juez Toro aseguró que el abogado que lo denunció miente, que buscó reanudar el vínculo con su hija, y habló de “proceder desatinado” de los padres

El titular del Primer Juzgado de Niñez y Adolescencia presentó su informe de descargo ante la denuncia de un padre. El Jury de Enjuiciamiento debe evaluar si acepta o no la denuncia.
jueves 06 de noviembre de 2025

El juez penal de Niñez y Adolescencia, Jorge Toro, había presentado su descargo frente a la denuncia que le había realizado un padre y abogado, quien pide su destitución por demorar de manera “reiterada e injustificada” la revinculación con su hija. La respuesta del magistrado ya está en poder de todos los miembros del Jurado de Enjuiciamiento y trascendió que niega cualquier tipo de morosidad y señaló que miente el denunciante cuando sostuvo que hubo escritos y planteos que no se resolvieron, dado que indicó que, a la fecha, no queda “nada pendiente”.

Incluso, Toro remarcó que “las sucesivas resoluciones” fueron tendientes a que la menor “logre conformar el vínculo paterno filial, el que no ha sido suspendido, sino favorecido, promovido”. No fue lo único, ya que el magistrado se refirió a la relación de los progenitores. “Este juez ha tratado de preservar el vínculo paterno filial de la conflictiva (sic) de los adultos que ha tramitado en sede penal y de la que la niña es una víctima inocente del proceder desatinado de sus padres”, resaltó en su escrito.

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La referencia obedece a la feroz pelea que mantienen tanto el papá como la mamá de la menor. La mujer había denunciado, en enero de 2021, a su entonces pareja de abusar sexualmente de la hija de ambos, por lo que el 20 de ese mes, un juez penal dispuso la prohibición de acercamiento, la cual se levantaría en mayo de 2022.

La causa avanzó, pero se comprobó que se fue “armando”, con pruebas y elementos irregulares, por la intervención del funcionario judicial Juan Pablo Ortega, quien, a través de familiares y contactos, tuvo vínculo con la denunciante. Así, Ortega fue condenado el 7 de noviembre de 2022 a un año de prisión en suspenso por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público, dado que se comprobó que se trató de una falsa denuncia. De hecho, el abogado fue desvinculado definitivamente de la causa por abuso sexual en octubre de 2023.

Procedimiento. El defensor Oficial Daniel Turón fue designado para representar al juez Toro, quien aceptó el nombramiento del funcionario judicial. En la foto, a la salida de Tribunales, tras la presentación del informe del magistrado.

 

Con todos esos elementos, el padre y abogado fue tramitando la revinculación con su hija, aunque acusó al juez Toro de “morosidad manifiesta” al impedir el contacto, además de otros duros cuestionamientos. De esa manera, presentó el 28 de julio una denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento, el organismo encargado de la remoción o no de los magistrados, con la que pidió la destitución del titular del Primer Juzgado de Niñez y Adolescencia.

En base al procedimiento, el Jury comunicó a Toro de la denuncia, quien presentó su “informe” el pasado 14 de octubre. Dicho informe es como el primer acto de defensa de cualquier magistrado que enfrenta una denuncia. Los miembros del Jurado se reunieron el último martes para tener copias del descargo de Toro y empezar a estudiar si admiten o rechazan la denuncia.

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En su respuesta, explica que el denunciante resalta la existencia de escritos sin resolver, pero remarca que “incurre en una falacia” al enumerar un total de ocho planteos mencionados que tuvieron respuestas por parte del magistrado.

Otra acusación contra Toro es que, luego de que fuera desestimada la denuncia por abuso sexual contra el padre, no restituyó de manera efectiva el régimen de comunicación con la menor. No obstante, el magistrado destacó que, luego de que un juez penal levantara la prohibición de acercamiento, “en menos de un mes, se restableció el régimen de comunicación del padre con la niña y con la familia paterna ampliada”.

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Por eso, el juez sostuvo que dicha imputación “corresponde ser rechazada porque, de las constancias del proceso, surgen las sucesivas resoluciones tendientes a que la niña logre conformar vínculo paterno filial, el que no ha sido suspendido, sino favorecido, promovido”. Además, indicó que “no hay dilación alguna”, ya que del proceso surgen unas 14 resoluciones desde 2021 en “relación al régimen de comunicación del padre con la hija, la abuela y la tía paterna con la niña y de restablecimiento del vínculo paterno filial”.

Otro cuestionamiento del padre contra Toro fue la falta de imparcialidad y el favorecimiento a la expareja. Sin embargo, el magistrado subrayó que llevó adelante al menos siete intimaciones hacia la mujer (como la orden de no obstaculizar la revinculación, cumplir con el régimen de comunicación de la hija con el padre y con la abuela y tía materna, entre otras) y una multa por incumplimiento reiterado.

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Así, remarcó lo “infundado de la acusación” dado que “la otra parte del proceso (la madre) introdujo recursos y recusaciones contra el suscripto (el juez)” cuando adoptó “medidas de coerción para garantizar el cumplimiento de las resoluciones.

Por eso, resaltó que “ambas partes imputan al suscripto (el magistrado) de querer beneficiar a la contraria en sus resoluciones. Ninguna de ellas ha entendido que la única prioridad de este juzgador es la menor (...) Se ha demostrado que este juez ha resuelto y ordenado medidas tendientes a revincular al padre con la hija”.

 

En su descargo, Toro apuntó al vínculo de los padres. Destacó que él “ha sostenido el espacio terapéutico entre padre e hija, frente al padre que prioriza sus necesidades por sobre las de su hija (hace pancartas, se presenta en el colegio de la niña, difunde sus problemas familiares en los medios de comunicación) y la conducta materna que se evidencia poco colaborativa para el restablecimiento del vinculo de la niña con el padre y que se refleja en el proceso (solicita suspensión del régimen de comunicación, cese de las terapias propias y de la niña).

La referencia a la pancarta fue cuando el abogado colocó un cartel en las inmediaciones de la escuela en el que enviaba un mensaje a su hija y le decía que esperaba verla pronto, luego de que fuera desestimada la denuncia por abuso sexual en su contra. La madre expuso que, cuando la niña vio eso, lloró y se ocultó bajo la cama.

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Por eso, Toro señaló que “la desvinculación paterna filial no tiene como causa fuente las decisiones judiciales, ni el proceso judicial, sino las propias actitudes inconsultas de los padres”. En ese marco, sostuvo que “es la conflictividad familiar y personal de los padres el obstáculo para el ejercicio de los derechos familiares”.

El juez defendió el espacio terapéutico frente a la conducta de “la madre, que ha solicitado el cese del mismo, y frente a la ansiedad paterna, que, tal vez, sin darse cuenta, obstaculiza también el mismo”.

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Toro reflejó la existencia de una “disfunción familiar que impacta negativamente en la niña”, además de que padre y madre “incurren en incumplimientos a su deber de proteger integralmente a la hija y hacen necesario que este juzgador promueva, con estrategia terapéutica, que los padres alcancen el ejercicio de la coparentalidad positiva y contenedora para su hija”.