JUSTICIA

Golpeó a su pareja en Rivadavia, la víctima no lo denunció, pero la Justicia igualmente lo condenó a prisión efectiva

La condena, se produjo tras una actuación de oficio impulsada por el Ministerio Público Fiscal. El fiscal del caso señaló que se trataba de "un hecho sumamente grave".
viernes 19 de junio de 2026

Este viernes se conocieron detalles de un fallo inédito ya que la Justicia de San Juan condenó a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo a un hombre que golpeó ferozmente a su pareja en Rivadavia. Cabe considerar que la marca distintiva del caso se dio en el proceso de investigación y condena, que se produjeron por una actuación de oficio impulsada por el Ministerio Público Fiscal. Esto se debe a que la víctima se negaba a radicar la denuncia formal por miedo a quien fuera su pareja.

El 4 de junio se produjo el hecho de violencia intrafamiliar, en una vivienda ubicada en Marquisados. Allí fue donde una discusión escaló en los niveles de violencia al punto de golpear con su puño en el rostro a una mujer. Por ello, los familiares llamaron al 911, por temor a que el hecho sea más grave. Desde ese momento dieron inicio al procedimiento especial de Flagrancia.

Lee también: Le fracturó la pierna con un ladrillo a su pareja, la Justicia acreditó años de sometimiento y lo condenó a tres años de prisión

La mujer se negó en todo momento a radicar la denuncia contra su pareja, pese a la notable gravedad de las lesiones que tenía. Es así como el fiscal de la causa, Fernando Bonomo, dio los motivos para activar los mecanismos legales para sostener la acusación sin el consentimiento de la damnificada. En declaración con la prensa expresó que "Teniendo en cuenta que es un delito de acción privada (instancia privada) y que se inicia a partir de la denuncia de la víctima, tomé la decisión en ese momento de iniciarlo de oficio". A la vez indicó que "Nuestro código de procedimiento otorga esas herramientas, siempre y cuando esté en juego el interés público. Entendía que estaba en juego porque era un hecho sumamente grave".

Este planteo siguió su curso con el aval del juez de Garantías, Dr. Grossi, quien rechazó la oposición de la defensa del agresor, que argumentaba la imposibilidad de iniciar el proceso si la propia afectada no impulsaba la acción penal.

Con evidencias sólidas recabadas en el lugar de los hechos, el caso se resolvió mediante juicio abreviado. El fiscal señaló que entre los pruebas estaban los informes médicos que establecían que la víctima contaba con 10 días de incapacidad por un golpe muy fuerte en el rostro. También fue determinante el testimonio de los efectivos policiales, y de la madre y el hermano de la víctima, que pudieron presenciar el grave episodio.

 

Temas de esta nota