sábado 27 de abril de 2024
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Un hombre fue condenado a siete años de prisión por tenencia y distribución de pornografía infantil

El imputado, facilitaba material de abuso y explotación sexual infantil mediante la red peer-to-peer (e-mule), es un sistema para compartir archivos entre terceros, poniendo los archivos a disposición de los mismos.

Un hombre fue condenado a siete años de prisión por tenencia y distribución de pornografía infantil
jueves 28 de diciembre de 2023

Este miércoles, la Justicia sanjuanina condenó a un hombre a 7 años de prisión por tenencia y distribución de pornografía infantil.

A raíz de una triangulación de información y la colaboración de tres países, entre ellos Argentina, Brasil y Estados Unidos, se logró dar con Darío Nicolás Marun Poblete, quien facilitaba material de abuso y explotación sexual infantil mediante la red peer-to-peer (e-mule) que es un sistema para compartir archivos entre terceros, poniendo los archivos a disposición de los mismos.

Marun Poblete quedó aún más complicado en el caso, que lleva más de un año de investigación, debido a que cuando las autoridades policiales allanaron su domicilio contaba con dicho material en sus ordenadores para consumo personal inmediato y para distribuir. También quedó acreditado que las representaciones de niñas y niños de los archivos de video y fotografías, tanto para la facilitación y tenencia, en su mayoría eran menores de 13 años de edad.

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La investigación se inició a mediados del año 2022 mediante el operativo “Luz de Infancia 9”, que nació de la cooperación internacional entre Estados Unidos y Brasil. La información obtenida fue remitida por jurisdicción y geolocalización a la provincia de Buenos Aires, dicha información fue enviada a San Juan para llevar a cabo el procedimiento y la detención de Marun Poblete.

Ayer miércoles se llevó a cabo la audiencia y el juez de Garantías resolvió declarar culpable a Marun Poblete y deberá cumplir la pena de siete años de prisión efectiva. El hombre fue acusado de los delitos de facilitación de representaciones sexuales de menores de 18 años, actividades sexuales explícitas y representaciones de las partes genitales de menores de 18 años con fines predominantemente sexuales. Esta figura está además agravada por la edad de las víctimas (menores de 13 años) y tenencia de representaciones sexuales de menores, agravada por la edad de las y los menores, todo ello en concurso real y en calidad de autor material.

La pena impuesta deberá cumplirse en el Servicio Penitenciario Provincial y se le impuso al condenado el pago de las costas procesales.

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